La asistencia y voto en las juntas constituye uno de los principales derechos de los propietarios en el ámbito de las comunidades. Tal es así que la ley de Propiedad Horizontal prevé cómo debe actuar el propietario que no puede asistir a la junta y, sin embargo, por este motivo no pierda la oportunidad de contribuir con su presencia representada en la decisión de aquellos asuntos que van a ser tratados el día de la junta y sobre los cuales van a adoptarse una serie de acuerdos que le afectan directamente. De esta forma, el artículo 15.1 establece que: “La…